Condena al SERMAS por retraso diagnóstico de un cáncer de mama en fase creciente

Date: 2017-04-25  

La Sección 10ª del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. mediante Sentencia tramitada por los Servicios Jurídicos de ‘El Defensor del Paciente’ ha condenado al Servicio de Salud Madrileño al pago de una indemnización de  35.000 Euros por el diagnóstico tardío de un cáncer de mama.

En septiembre de 2005, Doña M. G., de 45 años de edad, acudió a la consulta de su Médico de Cabecera del Centro de Salud Los Ángeles (Madrid), al apreciar la existencia de un nódulo en la mama derecha razón por la que se acordó, en  el Hospital Doce de Octubre, la realización de una mamografía y una Ecografía en un Centro de Diagnóstico por Imagen concertado.  A partir de este momento la paciente fue seguida en el Hospital Doce de Octubre de Madrid. Tras ello y sin recomendar ninguna otra prueba, se pautó un control anual con nueva cita para un año después. Esto mismo se repitió los años 2006 y 2007.

En la revisión de febrero de 2008, en el citado centro hospitalario se detectó un nódulo bien definido y palpable de 18 milímetros. Así, se pautó revisión a los 6 meses donde se llevó a cabo una nueva ecografía mamaria que determinó el crecimiento del nódulo mamario derecho desde los 18 milímetros hasta los 23 milímetros. Sin embargo, lejos de aclarar la etiología de este nódulo de rápido crecimiento, se determinó un nuevo control anual, sin más. No se valoró su biopsia ni se recomendó la realización de PAAF ni RMN. En la siguiente revisión de octubre de 2009 (un año después) se volvieron a realizar las mismas pruebas que en anteriores ocasiones: Mamografía y Ecografía. Los resultados de las citadas pruebas mostraron un nuevo aumento en el tamaño del nódulo mamario que ya había alcanzado los 32 milímetros.

A la vista del crecimiento del nódulo le explicaron en diciembre de 2009 que había indicación de quitarlo, sin embargo se esperó hasta febrero para realizar la operación: el estudio postoperatorio ofreció los peores resultados que cabía esperar: se trataba de un carcinoma ductal, un cáncer de mama. Con este diagnóstico se citó a la paciente para el 16 de marzo de 2010 con el fin de llevar a cabo una mastectomía de la mama derecha con linfadenectomía. A consecuencia del estadio del tumor, en mayo de 2010 comenzaron a administrarse sesiones iniciales de quimioterapia y radioterapia.

La Sentencia, acogiendo los argumentos del Abogado de ‘El Defensor del Paciente’, concluye que: Hubo retrasos en las realización de pruebas diagnósticas que no se realizaron en los tiempos oportunos por decisión de los servicios sanitarios, pautándose revisiones anuales cuando habrían sido necesarios controles cada 6 meses ante el progresivo aumento del nódulo. Se podría haber diagnosticado antes el cáncer de mama y se podrían haber minimizado o evitado las consecuencias negativas producidas.La destrucción de placas de imagen por parte del centro concertado no se ajustó a lo establecido legalmente”.

Según Carmen Flores, Presidenta de la ‘Asociación El Defensor del Paciente’: “Esta Sentencia es una prueba más del atasco monumental que sufre la Sanidad Madrileña aún en casos tan sumamente protocolizados como el seguimiento de un nódulo mamario que afecta a tantas mujeres y de una manera tan importante para su salud y su vida”.              

La defensa de los intereses de la afectada, ha sido dirigida por  los servicios jurídicos de ‘El Defensor del Paciente’.