Altas indebidas (INFORMACIÓN)

Tanto en el caso de alta médica en periodos inferiores a los doce meses que marca la Ley por contingencias comunes como por enfermedad profesional o accidente de trabajo, es igual el periodo de reclamación, es decir, mostrar su disconformidad (Inss) o revisión (Mutuas)  en el plazo de 4 días naturales siguientes al ALTA según modelos de reclamación.


Si la baja médica que tratamos de impugnar tiene una duración inferior a 12 meses.

Partimos de la base de que al trabajador se le ha notificado el escrito de alta médica laboral producida.

En el plazo de 10 días siguientes a su notificación, el trabajador puede presentar escrito de impugnación del alta médica ante el INSS, en el que alegará que no está conforme por ejemplo porque tiene cita médica en el especialista, sigue bajo tratamiento prescrito y se aconseja reposo, tiene pendiente una operación quirúrgica, etc.

Documento: Manifestación de disconformidad con el alta médica emitido por el instituto de la Seguridad Social (INSS)

Documento:  Solicitud de revisión  del alta médica por contingencias profesionales, emitida por la mutua de AT y EP de la Seguridad Social o empresa colaboradora.

CONSEJOS SI TE DAN UNA ALTA PRECIPITADA, O  NO  TE DAN LA BAJA ESTANDO  MAL PARA REINCORPORARTE A TU TRABAJO

1.- Enviar un burofax a la inspección, médico de cabecera o mutua que  te haya dado el alta dejando claro que tu situación clínica no  te permite la reincorporación a tu trabajo y que  solicitas que se reconsidere el alta.

2.- Si a pesar de todo esto debes reincorporarte a tu trabajo y no estás bien, acudirás a un servicio de urgencias para valorarte

3.- Denunciaras vía judicial entregando  las acciones que has seguido sin que se hayan tomado en cuenta.

El abuso de algunos no puede  en modo alguno  dar como consecuencia  la indefensión de  los demás, por tanto debemos ejercer nuestros derechos siempre que tengamos razón y podamos demostrarlo.