
Normativas sobre plazos máximos de espera para los pacientes
La competencia de sanidad está derivada a las comunidades autónomas. Fijan en sus diferentes normativas los plazos máximos de espera para los pacientes, generalmente el plazo máximo es de 180 días. Siempre y cuando no se trate de patologías urgentes en la que los plazos deben de ser reducidos porque de no ser así pueden costar la vida a un paciente.
La vida es inviolable y las listas de espera la violan, mancillan y humillan.Si esto ocurre, el afectado podría reclamar una indemnización al Servicio de Salud de la comunidad autónoma por los daños derivados del retraso en la realización de la prueba, consulta con el especialista u operación.
Si necesitamos intervención quirúrgica sanidad pública a la privada
El paciente es libre de aceptar cambio de centro, ser intervenido en la Sanidad publica o privada. Los pacientes que se nieguen a ser tratados en otros centros o centros privados-concertados aconsejamos pidan por escrito un documento en el que quede claro que no se les vuelve a situar nuevamente al final de la lista de espera en la sanidad pública.