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¿Qué hacer si cree haber sufrido una negligencia médica?

  • Si ha contactado con nosotros por una actuación médico-hospitalaria que considera que ha sido negligente, y que ha tenido como consecuencia el fallecimiento de un ser querido, o secuelas (diagnóstico tardío de un cáncer, alta precipitada, falta de atención/tratamientos, infecciones hospitalarias, mala asistencia en partos, falta de asistencia en urgencias, etc.), lo primero que le recomendamos es NO HACER NADA sin previo asesoramiento de un abogado especialista en Derecho sanitario. Solo lo que empieza bien termina bien. Por favor, no haga nada hasta asesorarse.
  • Una actuación por parte del paciente o familiar llevada a cabo desde el dolor, la frustración o la desesperación, sin la necesaria reflexión, puede tener consecuencias más negativas que positivas. Por ejemplo, puede alertar dependiendo de cómo pida la historia clínica de una futura reclamación.
    ramon asociación defensor del paciente
    RAMÓN PRIETO (Secretario – Asociación ‘El Defensor del Paciente’).
    Insistimos, no tome decisiones sin estar asesorado por un especialista. Con toda seguridad un letrado especialista en la materia será el que más sepa de Derecho sanitario. Tenga en cuenta que la Asociación ‘El Defensor del Paciente’ ha contribuido a la normalización en España de reclamaciones que antaño eran imposibles o a cambios legislativos como que se puedan solicitar judicialmente las historias clínicas cuando se niegan a entregarlas, algo que hace no mucho tiempo era impensable. Los integrantes de esta Asociación, con nuestra presidenta Carmen Flores a la cabeza, fuimos antes que luchadores pacientes o familiares de pacientes que hemos podido vivir la misma situación que Vd. está sufriendo en este momento, y que le ha llevado a ponerse en contacto con nosotros. Este elemento es fundamental, a la hora de entender su problema.
  • No tarde en informarse. A veces es necesario activar la vía judicial y en el ámbito jurídico existen unos plazos para ello. Si se demora puede que no tenga ya ninguna posibilidad: es lo que se conoce como prescripción. Antes que nada, habrá que ver qué plazo existe y la mejor manera de paralizarlo. No es lo mismo que la mala actuación se haya llevado a cabo en un hospital público que en uno privado, ni es lo mismo que Vd. sea un militar o un funcionario con cobertura sanitaria privada, a que simplemente todo haya ocurrido en el ámbito de un seguro privado. Hay miles de detalles para tener en cuenta.
  • Asimismo tenga en cuenta que en los casos de fallecimiento puede ser necesaria una autopsia para demostrar la causa de este, lo que conlleva que tenga que estar asesorado por un abogado especialista antes de enterrar o incinerar el cadáver.
  • No olvide igualmente que hay veces que su negligencia no es un hecho aislado, sino que forma parte de un conjunto de actuaciones negligentes que afectan a más personas. Es decir, varios de Vds. han sido víctimas de un mismo servicio o de un mismo profesional. Y con casi toda seguridad, solo las va a aglutinar nuestra asociación.
  • Una vez que ha decidido pedir asesoramiento a través del equipo jurídico de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’ le proporcionaremos asesoramiento legal inicial gratuito por medio de un abogado especialista en Derecho sanitario de su provincia o zona geográfica más cercana, de entre los que son referencia por su experiencia contrastada en esta materia. Estos profesionales naturalmente actúan por cuenta propia y desde la primera consulta el letrado le dirá qué hay que hacer para determinar si el caso que plantea es viable. Igualmente le explicará cómo, cuándo y dónde debe paralizar los plazos de prescripción; y cómo solicitar su historia clínica o cómo proceder cuando reciba largas para entregársela.
  • El abogado con el que se le pone a usted en contacto es un profesional independiente del que se le facilita su identidad porque, como queda dicho, nos consta que es especialista de reconocido prestigio en este campo con despacho abierto más próximo a su domicilio. La Asociación no tiene con estos profesionales relación laboral ni mercantil, y tenerlos como referencia se basa únicamente en su capacidad y especialización contrastada.
  • En la mayoría de los casos, la luz verde a la viabilidad del caso va a requerir de una valoración doble: abogado y perito. Los médicos especialistas (ginecólogo, oncólogo, neurólogo, etc.) se los proporcionarán estos abogados de referencia, que trabajan con peritos que prestan sus servicios en Hospitales de primer orden. Es fundamental conocer la opinión de un especialista, y que este sea honesto. No se trata de meternos en un procedimiento judicial a tontas y a locas, sino conocer que podemos acreditar que se ha producido una negligencia médica, o aceptar lo contrario. No vale tampoco que la viabilidad y la pericial la haga cualquier médico: la debe hacer un especialista.
  • El cobro del trabajo del abogado y del perito será un acuerdo entre abogado y perjudicado (cliente). Por la naturaleza sin ánimo de lucro de este Asociación, la misma es completamente ajena al contrato de encargo profesional entre el perjudicado y el abogado y/o perito que puedan trabajar en el caso. En el supuesto de que la persona se dirija al abogado referido por la Asociación, éste tiene el compromiso previo de que no cobrará nada por las citas previas.
  • Igualmente, la Asociación también realiza, en nombre del paciente afectado, escritos de queja útiles por distintos motivos: por lista de espera, mala asistencia, mal trato, etc. La Asociación se dirigirá al centro sanitario concreto o al Estamento Oficial adecuado para intentar solucionar el problema.

¿Qué hacer si eres víctima de una negligencia médica?