Date:
2025-02-19
Condena a un cirujano de Valladolid por los graves daños ocasionados a un paciente durante la extirpación innecesaria de un pólipo en el colon.
El Juzgado de Primera Instancia nº12 de Valladolid ha dictado Sentencia condenando a un cirujano de Valladolid a indemnizar con 93.358 € a un paciente -también médico de profesión-, por los graves daños sufridos a consecuencia de una actuación médica negligente, tras una intervención quirúrgica innecesaria y ejecutada sin el debido consentimiento informado. La sentencia señala que el doctor realizó una cirugía desproporcionada y evitable, ocasionando graves secuelas físicas y psíquicas al paciente. La defensa del caso ha sido ejercida por los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El DEFENSOR del PACIENTE’. Aunque la Sentencia data de finales de noviembre de 2024, no la hemos hecho pública hasta hoy porque recientemente es cuando han abonado la indemnización.
El 1/03/2021, el paciente -de 71 años en el momento de los hechos-, tras ser tratado en la consulta privada en Valladolid del cirujano condenado, se sometió a una intervención quirúrgica laparoscópica para la extirpación de un pólipo benigno en colon ascendente, previamente diagnosticado mediante colonoscopia. Sin embargo, la operación derivó en complicaciones graves debido a un error en el diagnóstico endoscópico previo y a una actuación de cirugía abierta desproporcionada. La sentencia establece que la cirugía no era necesaria, ya que el pólipo, de pequeño tamaño (0.9 cm) y benigno podía haberse tratado con resección endoscópica o seguimiento colonoscópico.
Además, el cirujano amplió y cambió la intervención, pasando de laparoscópica a cirugía abierta sin justificación, al no encontrar el pólipo, resecando dos tercios del intestino grueso, sin contar con pruebas suficientes ni recabar el consentimiento del paciente o de sus familiares. Lo más grave es que, al no encontrar el pólipo en la ubicación inicialmente señalada, en lugar de detenerse y realizar nuevas pruebas diagnósticas, optó por una cirugía abierta excesiva e injustificada, que resultó en una extirpación mayor del intestino y graves secuelas irreversibles. De manera totalmente injustificada resecó colon ascendente y transverso, sin pruebas que lo justificaran, aumentando así el riesgo quirúrgico y generando secuelas graves e irreversibles para el paciente.
La decisión de seguir cortando sin sentido el intestino del paciente anestesiado, sin una nueva verificación médica, resultó en un daño irreparable para el paciente.
Entre las consecuencias de esta actuación, el paciente sufrió la amputación de colon ascendente y transverso, con trastorno funcional, dos hernias periumbilicales, un trastorno de estrés postraumático, cicatrices abdominales innecesarias y alteraciones intestinales persistentes. Además, permaneció de baja durante más de 14 meses debido a las complicaciones derivadas de la cirugía.
Fallo judicial
El magistrado concluyó que la actuación del cirujano no se ajustó a la Lex Artis médica y que la falta de consentimiento informado constituye un grave incumplimiento de los derechos del paciente. La sentencia desestima la responsabilidad del endoscopista, aunque reconoce que su diagnóstico previo fue erróneo en la localización y tamaño del pólipo, lo que influyó en la decisión quirúrgica posterior.
Al respecto, el abogado de los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, manifiesta lo siguiente: “Esta sentencia supone un importante reconocimiento del derecho de los pacientes a ser informados de manera adecuada antes de cualquier intervención médica. En este caso, el cirujano actuó de forma unilateral, adoptando una decisión que implicaba graves consecuencias, de las que tenía que haber informado al paciente. Y, en todo caso, comprobar la localización de ese pólipo antes de ampliar la cirugía de resección, dado que esa decisión implicaba importantes repercusiones para el paciente. La actuación del cirujano fue precipitada, invasiva y con consecuencias devastadores para la salud de mi cliente”.
Por otra parte, CARMEN FLORES, presidenta de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, advierte: “Este fallo evidencia la necesidad de reforzar los protocolos de información y consentimiento en la práctica médica. No podemos permitir que errores de este tipo sigan ocurriendo y comprometan la salud de los pacientes de manera irreversible”.
En definitiva, con esta resolución, se espera que se refuercen las garantías de los pacientes en el ámbito sanitario, asegurando que las decisiones médicas se adopten con el conocimiento y consentimiento debidos.
DEFENSOR del PACIENTE