Condena a un cirujano plástico de Badajoz por las secuelas ocasionadas en una intervención de aumento de mamas y abdominoplastia.

Date: 2017-06-21  

El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Badajoz, mediante Sentencia tramitada por los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’ ha condenado a un médico de Badajoz, especialista en Cirugía Plástica (Dr. C.P.), al pago de una indemnización de 20.395 Euros a favor de Doña Mª José R., a quien realizó una intervención de aumento de mamas y abdominoplastia en noviembre de 2008, contando entonces la paciente con 31 años de edad. El juzgado concede a la indemnización por los daños patrimoniales, morales y perjuicios ocasionados.

Aunque la Sentencia es del año pasado, ha habido que esperar a la Resolución del recurso y es en estos momentos cuando ya es firme.

Dice la Sentencia, en relación al resultado de la cirugía de abdomen, que no pudo ser más desalentador. En primer lugar, porque el doctor C. P. eligió una técnica quirúrgica no adecuada al propósito perseguido, existiendo otras menos agresivas para la paciente y de menor impacto estético. La paciente no tenía un abdomen graso (no había que quitar grasa), sino simplemente la piel abdominal distendida tras sus gestaciones.

La técnica quirúrgica empleada por el médico, además, ha ocasionado unas cicatrices absolutamente antiestéticas en la paciente, groseras y de imposible reparación.

El grosor (5 cm) y longitud de las cicatrices (25 cm), así como su localización (muy alta para lo que es habitual), hacen que sean imposibles de disimular en bikini, y tras haberse sometido a varias re-intervenciones quirúrgicas en mayo de 2009 y mayo de 2010 con otro cirujano, para mejorar el aspecto de estas cicatrices, las mismas siguen siendo muy importantes y peyorativas estéticamente.

Reprocha también el juzgador que a la paciente se le entregaran por el médico unos documentos de consentimiento informado genéricos e impersonales, especialmente teniendo en cuenta que nos encontramos ante un supuesto de medicina electiva y no necesaria. En el presente caso, continúa la sentencia, puede cuestionarse que la paciente, de haber sabido la cicatriz que le podía quedar, hubiera accedido a la intervención.

La Defensa ha sido llevada por los Servicios Jurídicos de la Asociación de ‘El Defensor del Paciente’ en Extremadura.