Condenan al SESCAM a abonar los gastos del tratamiento de la anorexia de una menor en la sanidad privada.

Date: 2025-11-13  

Condenan al SESCAM a abonar los gastos del tratamiento de la anorexia de una menor en la sanidad privada.

Falta de recursos e inversión en la Salud Mental de Guadalajara.
El Juzgado de lo Social nº1 de Guadalajara ha dictado Sentencia por la que se condena al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) a REINTEGRAR a unos padres el importe de 5.445 € -más los intereses- que fue abonado para el tratamiento médico en la sanidad privada, de su hija de 15 años, por la anorexia que sufría y, ante la cual, no se recibía en el Hospital Universitario de Guadalajara el tratamiento necesario y urgente que la situación requería. La defensa del caso ha sido ejercida por  los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El DEFENSOR del PACIENTE’.
Es la segunda sentencia a favor de estos padres por parte del Juzgado de Guadalajara que reconoce la ANOREXIA NERVIOSA como enfermedad y que esta supone un riesgo vital grave.
La presente Sentencia es de 21/03/2025. Posteriormente el SESCAM anunció el recurso de suplicación, como es habitual, poniendo el Juzgado a su disposición los autos para formalizarlo. Se dictó Auto en fecha 3 de junio de 2025 por el que se le tiene por desistido en el recurso anunciado. Frente a dicho Auto cabe recurso de queja y no es hasta la diligencia de 3 de septiembre de 2025 cuando se declara la FIRMEZA por no haber presentado recurso y se acuerda el archivo de las actuaciones.
 
La menor, fue diagnosticada de anorexia nerviosa y, debido al agravamiento del cuadro, el servicio de psicología del Hospital Universitario de Guadalajara indicó que la menor necesitaba la atención específica de una Unidad de Trastorno de la Conducta Alimentaria. Los padres solicitaron al Hospital la derivación bien al Hospital Niño Jesús de Madrid, donde existe dicha unidad; o bien a Ciudad Real, donde el SESCAM dispone también de dicha unidad, que no existe en Guadalajara. La respuesta fue: que no había convenio con Madrid y que no hay hospitalización de día en Ciudad Real. Pese a la situación de la menor no se hizo nada para la atención urgente en el tratamiento de dicha patología.
Los padres tuvieron que acudir a un hospital privado donde la menor tuvo que iniciar un tratamiento mediante hospitalización de día y posteriormente necesito ingreso de 24 horas para el tratamiento de la enfermedad abonando el importe del tratamiento.
Los padres se han visto obligados, ante la urgencia vital, a recurrir a la sanidad privada, negándose por el SESCAM esa urgencia vital. Incluso recibieron resoluciones desestimatorias en vía administrativa pese a que la gerencia había informado favorablemente a la reclamación de los padres. Esta es la segunda sentencia (la primera es la Sentencia 14/01/2022 del mismo Juzgado) donde se reconoció la gravedad la anorexia nerviosa y la necesidad de un tratamiento adecuado, siendo una patología que conlleva un alto índice de mortalidad, siendo la salud mental cada vez más visible e importante.
 Los padres llevan abonados más de 50.000 € en el tratamiento y, están teniendo que interponer continuadas reclamaciones sin que por el SESCAM se les reconozca este derecho, a pesar de las condenas de los Tribunales a su favor.
Pese a que fue anunciado recurso ante el Tribunal Superior de Justicia el mismo no ha sido formalizado siendo FIRME la sentencia en estos momentos.
Dª, Carmen Flores, presidenta de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, quiere destacar que: “Sentencias como esta ponen de manifiesto la falta de recursos e inversión por parte de la sanidad pública ante la salud mental, sobre todo en los jóvenes cuya alarma por las afectaciones en salud  se han disparado siendo que en este caso el SESCAM obliga a unos padres a abonar el tratamiento en la sanidad privada de su hija menor de edad, sin tener en cuenta la alarma que está suponiendo los datos de salud mental en jóvenes y que hay muchos padres que no pueden abonar esas cantidades, se hace necesario una reflexión sobre estos datos y una crítica  a los medios ofertados por parte de la sanidad pública que han resultado y resultan insuficientes”

La defensa del caso ha sido tramitada por los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’.
 
DEFENSOR del PACIENTE