Date:
2025-02-11
El Gobierno de Aragón indemniza con 190.000 € la muerte de un paciente con ictus por una falta de asistencia.
El día 9 de diciembre de 2023, Don J.C.V.V., de 58 años y residente en la provincia de Zaragoza, acudió al Servicio de Urgencias del Centro de Salud de Calatayud, con cifras de tensión de 210/110, donde se le administró tratamiento al efecto.
Al día siguiente acudió al mismo Centro de Salud y el médico del Servicio de Urgencias acreditó los siguientes síntomas: inestabilidad en la marcha, disartria, diplopía y tensión elevada. Motivos por los que activó el “código ictus” y solicitó una ambulancia para su traslado al Hospital Ernest Lluch de Calatayud.
La situación del paciente era tal, que el médico del Servicio de Urgencias del Centro de Salud lo acompañó en la ambulancia hasta dicho hospital.
Ya en el Hospital Ernest Lluch, se le realizó un TAC que acreditó un aneurisma cerebral y trombo, motivo por el que se informó al Hospital Miguel Servet de Zaragoza, desde donde expresaron que fuera dejado en observación.
En las primeras horas de la madrugada del 11 de diciembre el paciente empeoró gravemente, no pudiendo ya expresarse ni comunicarse. Su esposa, alarmada, llamó a la enfermera, quien avisó al médico de urgencias responsable del paciente, acudiendo éste a la habitación y considerando el estado del mismo “no urgente” y “falto de sintomatología”. Informando a la familia que le repetirían el TAC a primera hora de la mañana, cuando la neuróloga del hospital estuviera presente.
Por la mañana se repitió el TAC, viendo la esposa del paciente como llegó la neuróloga al Servicio de Urgencias de forma apresurada y preguntando por la ubicación de Don J.C.V.V., para, dado el evidente empeoramiento sufrido durante la noche por el mismo, solicitar su traslado urgente al Hospital Miguel Servet de Zaragoza.
El paciente ingresa en la Unidad de Ictus del Hospital Miguel Servet de Zaragoza sobre las 11:00 horas de la mañana. Se informó a la familia que había sufrido un ictus en la madrugada del día 11 de diciembre y que su estado era muy grave, con el posterior ingreso en el servicio de la UCI.
El paciente no logró superar el ictus y falleció el día 3 de febrero de 2024, dejando a su familia con la eterna duda de si el desenlace podría haber sido otro, de haberse procedido correctamente con el procedimiento establecido para el “código ictus”.
Ante estos hechos, la familia acudió a la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, quien interpuso una reclamación de responsabilidad sanitaria ante el Gobierno de Aragón. Una vez realizada la tramitación de esta reclamación, se ha llegado a un acuerdo con la aseguradora del Gobierno de Aragón por el que la familia del fallecido ha sido indemnizada con 190.000 €.
La defensa del caso ha sido ejercida por los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’.
DEFENSOR del PACIENTE