Date:
2025-05-13
El TSJ de Andalucía condena al SAS por diagnosticar y tratar erróneamente un cáncer que no existía.
La Sección Primera del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Sevilla, ha revocado la sentencia previa del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº5 de Sevilla y ha estimado el recurso de apelación presentado por los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, condenando al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 250.000 € -más intereses- a Doña A.M.J. por haber sido diagnosticada y tratada erróneamente de un sarcoma maligno que en realidad no existía. La sentencia es FIRME en este momento.
Los hechos se remontan al 7 de agosto de 2017 cuando la paciente, de 39 años, acudió al Hospital Universitario Virgen del Rocío por una hinchazón en el muslo izquierdo. Con muchas prisas y sin contar con pruebas concluyentes que acreditasen la presencia de un cáncer, los facultativos procedieron a tratar la lesión como si se tratara de un tumor maligno, cuando en realidad se trataba de una tumoración benigna.
El diagnóstico erróneo conllevó una intervención quirúrgica altamente mutilante que no habría sido necesaria de haberse realizado un diagnóstico adecuado. Esta operación le provocó secuelas físicas permanentes y, además, un evidente daño moral. Posteriormente, la paciente fue sometida a un tratamiento de quimioterapia y radioterapia experimental que formaba parte de un ensayo clínico del hospital comprado a una farmacéutica española, sin que mediara una información clara y completa sobre las dudas diagnósticas existentes en su caso.
Tras la intervención, la biopsia de la pieza quirúrgica confirmó que no existía cáncer. Según recoge la sentencia, lo más grave es que la paciente nunca fue informada de las dudas clínicas previas al tratamiento ni de la falta de evidencia concluyente sobre la malignidad del tumor.
La sentencia reconoce que se ha causado a la paciente un daño desproporcionado e injustificado, que nunca debió haber sufrido. Además, corrige la interpretación de la primera sentencia, que había dado por hecho que el ensayo clínico fue determinante para su “curación”, cuando los propios informes de los patólogos del hospital negaban de forma categórica tal posibilidad. Desgraciadamente no hay ningún tratamiento actualmente en sarcomas, que convierta células cancerígenas, en células sanas.
Coincidiendo con este caso, dos médicos de la Unidad de Sarcomas abandonaron el Hospital Virgen del Rocío.
Ante esta sentencia condenatoria, Carmen Flores, presidenta de ‘El Defensor del Paciente’, solicita al SAS que se abra una investigación sobre un posible aumento irregular de diagnósticos de sarcoma en el hospital durante aquella etapa. Además, insta a esclarecer las circunstancias que rodearon el ensayo clínico aplicado, cuyo uso fue supuestamente abandonado, así como la desaparición de profesionales clave de la unidad implicada.
La Asociación ‘El Defensor del Paciente’ trasladará el caso a la Inspección de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, con el objetivo de obtener respuestas a interrogantes que desde el inicio han sido silenciados. “Estamos ante un caso extremadamente grave, rodeado de elementos contradictorios que exigen una respuesta clara, valiente y responsable por parte de las autoridades sanitarias”, concluye la presidenta de ‘El Defensor del Paciente’.
La defensa del caso ha sido dirigida por los Servicios Jurídicos de ‘El Defensor del Paciente’.