Date:
2026-04-22
Por enésima vez, la asociación ‘El DEFENSOR del PACIENTE’ denuncia públicamente la IRRESPONSABLE e INTOLERABLE actuación de la Junta de Castilla y León en el trato de las familias con tratamientos de hormona de crecimiento para sus hijos.
Nuevamente la Consejería de Sanidad de Castilla y León, a través de dos Sentencias, vuelve a ser condenada por este motivo.
Tras múltiples sentencias, en el último mes se han dictado otras dos resoluciones en contra de la Administración sanitaria de la Junta de Castilla y León. Pese a ello, el SACYL continúa obligando a las familias a acudir a los tribunales mediante resoluciones manifiestamente injustas.
La Sentencia nº239/2026, de 9 de febrero de 2026, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Sala de lo Social), del mismo tribunal, desestima igualmente el recurso de la Administración y confirma el derecho al reintegro de 33.159 €, reconociendo la necesidad del tratamiento a un menor pese a la falta de autorización formal del Comité.
Asimismo, la Sentencia nº622/2026 del mismo Tribunal. de 23 de marzo de 2026, desestima el recurso de la Gerencia Regional de Salud y reconoce el derecho al reintegro de 20.686 € abonados por la familia de una menor por tratamiento con hormona de crecimiento, al considerar acreditada la indicación médica y la improcedencia de la negativa administrativa
Ambas resoluciones ya habían sido favorables en primera instancia por los Juzgados de lo Social nº1 y nº3 de Valladolid, siendo posteriormente recurridas por el SACYL.
En ambos casos la defensa ha sido ejercida por los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El DEFENSOR del PACIENTE’.
Las sentencias reconocen que los menores afectados presentaban desde su nacimiento trastornos del crecimiento, situándose por debajo de los percentiles normales de peso y talla. Pese a que el tratamiento fue solicitado por facultativos del sistema público, este fue denegado por el Comité Asesor encargado de autorizar su financiación. Ante esta negativa, las familias iniciaron el tratamiento en el ámbito privado, asumiendo íntegramente su coste.
El Tribunal Superior de Justicia, igual que lo hicieron los Juzgados de lo Social en su día, concluyen que el tratamiento prescrito no estaba excluido de la financiación pública y que respondía a criterios de uso racional, por lo que debía ser cubierto por el sistema público de salud. Asimismo, reiteran que corresponde a los facultativos determinar la necesidad de los tratamientos, sin que la falta de autorización de un comité administrativo pueda prevalecer cuando concurren criterios clínicos adecuados.
La Asociación ‘El Defensor del Paciente’, a través de su presidenta Carmen Flores, denuncia que: “Pese a la existencia de numerosas sentencias firmes y reiteradas —incluidos pronunciamientos del Tribunal Supremo—, el SACYL mantiene una actuación sistemática de oposición al reintegro, obligando a las familias a recorrer un largo y costoso camino judicial. Reiteramos la especial gravedad de esta situación, ya que no solo se deniega un tratamiento médicamente necesario para menores en pleno desarrollo, sino que además se fuerza a sus familias a litigar durante años, incluso hasta instancias superiores, a pesar de existir ya una doctrina judicial clara y consolidada en favor de los pacientes”.
En este sentido, desde la Asociación ‘El Defensor del Paciente’ recordamos que llevamos más de 20 años impulsando este tipo de reclamaciones en defensa de los menores, obteniendo resoluciones favorables y contribuyendo de forma decisiva a abrir camino y consolidar criterios en distintas comunidades autónomas en materia de reintegro de gastos por tratamientos con hormona del crecimiento.
DEFENSOR del PACIENTE