La pérdida de la Historia Clinica no es argumento para declarar responsabilidad

Date: 2013-05-24  
NOTICIA: «La pérdida de la HC no es argumento para declarar responsabilidad» 24.05.2013

 

Por Ofelia De Lorenzo

Viernes, 24 de mayo de 2013, a las 17:47

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en la presente resolución, resuelve el recurso de casación interpuesto por una paciente contra la resolución de la Sección 12ª de la Audiencia Provincial de Madrid que desestimaba sus pretensiones al no haberse acreditado en el acto del juicio, la existencia de causalidad entre la actuación medica y el sufrimiento fetal en embarazo gemelar que sufrió la recurrente. Sufrimiento fetal, que fue determinante de una grave discapacidad para una de sus hijas.

Se aduce por la recurrente en la presente alzada que la grave discapacidad que se la ha ocasionado a su hija, es un daño que escapa de lo previsible, y por ende, que cabe considerar como un daño desproporcionado, siendo por tanto de aplicación la doctrina del daño desproporcionado, que permite presumir la responsabilidad del facultativo, mientras este no acredite con inversión de carga de la prueba, que su conducta fue diligente.

Igualmente se argumentaba por la paciente, que la Audiencia en el presente caso no había aplicado la doctrina jurisprudencial en materia de “aportación de historia clínica” y que la perdida de la historia clínica era argumento bastante para declarar la responsabilidad por inadecuada prestación del servicio contratado, siendo de aplicación la doctrina antes aludida de la inversión de la carga de la prueba.

Resulta indiscutible la importancia que tiene el documento de historia clínica en cualquier reclamación en materia de responsabilidad profesional. Ahora bien, resulta igualmente indiscutible que la historia clínica debe reflejar el acto médico pero que adicionalmente debe ser contrastada con los demás medios probatorios como dictamen de peritos, interrogatorios, documentos públicos y privados, ectra., todo ello de conformidad con nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil.

En el presente caso razona la Sala, que de forma contraria a los argumentos de la paciente, la perdida de la historia clínica no es prueba suficiente de una actuación contraria a lex artis y máxime en el caso enjuiciado, “en cuanto a la ausencia de historia clínica, con independencia de su realización, lo relevante era que no había influido ni determinado una mala atención a la paciente, en cuanto que pudo ser asistida con base a los datos recabados por el facultativo que hizo el seguimiento del embarazo”.

Auto del Tribunal Supremo. Sala de lo Civil 190/2013 de 8 de enero del 2013 

 

COMUNICADO. Att. de D. Gonzalo Moliner, Presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo D. José Luis Rodríguez Álvarez, Director de la Agencia Española de protección de Datos.

Muy Srs. nuestros:

Nos dirigimos Vds. ante una nueva sentencia imposible de asimilar y que deja de nuevo a los ciudadanos en una situación de indefensión, máxime cuando se crea jurisprudencia ¿quién son estos “personajes”, quién los pone? ¿cómo es posible que lleguen al esperpento?

Estamos cansados, ¡hartos!  de este tipo de jueces que se creen, que por serlo pueden hacer y deshacer a su antojo, sin que  nadie les diga.. ¡¡ya está bien!!.

Sentimos vergüenza ajena de  cómo está imperando la justicia, del ínclito Ministro sacado de una película macabra,

Sentimos vergüenza ajena  de las sentencias de una  “mayoría” de  jueces, que juzgan negligencias médicas, y valoran a los seres humanos como si se tratara de un mercadillo de todo a 100, vergüenza ajena de que las leyes no la apliquen, o lo hagan a su antojo.

En sus sentencias, algunos en su afán de favorecer a la administración, o a los seguros de las grandes compañías de seguros y sectores afines, no juzgan con criterio,  ni objetividad.

Se crea una Agencia que funciona y que la dejan en «pelotas» con esta sentencia -una HC ¡jamás! se debería perder-, hay una responsabilidad directa de quién custodia, si no hay  historia, no hay reclamación “que fácil” a partir de ahora no solo se manipularan también se perderán, y  asunto concluido  ¿Pero qué clase de personajes son estos que dejan en la más absoluta  indefensión a la gente?.

Solo se puede pensar que el título de juez se lo han dado en una “tómbola”, y en lugar de impartir justicia, juegan con ella a la ruleta, cortan y pegan, no leen (no se entretienen) ¿para qué ? si nadie les sanciona a no ser claro, que… sea un tema tipo “Garzón”.

Vergüenza nos daría si estuviéramos en su lugar,  cobrar un céntimo por no hacer nada ni defender al ciudadano, y sus derechos judiciales.

Algunos deberían irse a casa,  porque da lo mismo tener un tribunal, un consejo o una agencia, “no sirve de nada” , está instalada en  la más absoluta anarquía ¡¡Qué asco de sociedad que están creando para el débil!!.

Atentamente,

Carmen Flores (Presidenta)